Murcia, España, EFE, 02/06/2015. Una veterinaria que en el ejercicio de su profesión recibió una "brutal coz" del caballo que revisaba no tendrá derecho a ser indemnizada por el dueño del animal por las lesiones sufridas, según lo dispone una sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, desestima el recurso que la perjudicada presentó contra la resolución de un Juzgado de San Javier (Murcia) que rechazó la demanda entablada contra el propietario del caballo y su compañía aseguradora.
La Audiencia coincide con el juez que dictó la sentencia que ahora se confirma en que en el momento en que ocurrió el percance la responsable de la situación y del comportamiento del animal era la veterinaria, que es la que procedía a su revisión.
El accidente se produjo en el momento en que era conducido al potro de exploración "y, de forma completamente inesperada -indicaba la apelante-, levantó su mano y le propinó una brutal coz".
El tribunal de la Audiencia Provincial se refiere a lo dispuesto en el Código Civil y la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la responsabilidad de los daños producidos por semovientes.
Así, añade, esa responsabilidad recae, en determinados casos, como es este, no en sus propietarios, sino en quienes en el momento de los hechos los tienen bajo su dominio.
Además, comenta que "la apelante, por su condición de veterinaria, tenía experiencia en el mundo del caballo y era la poseedora inmediata del caballo en orden a realizar su revisión, para la que había sido llamada".
Comenta igualmente la Sala que "en ese momento, por su profesión y reconocida experiencia con los caballos, le correspondía la previsión de las reacciones del animal y su consiguiente control".
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